Convenio doble imposición España y Andorra

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Conocer el convenio de doble imposición entre estos dos países es fundamental para evitar pagar impuestos dobles. Este es el caso si usted reside en España y desea emprender negocios en Andorra, o viceversa, y ya sea como autónomo o como empresario.
Convenio doble imposición España y Andorra

¿Qué es un convenio de doble imposición?

Un convenio de doble imposición (CDI) es un acuerdo entre dos países para evitar que personas o empresas paguen impuestos por el mismo ingreso en ambos territorios. El objetivo es facilitar la inversión y el comercio entre los países firmantes al reducir la carga fiscal.

Estos convenios establecen reglas para determinar la residencia fiscal de una persona o empresa, ya que la residencia fiscal es la que determina el derecho de tributación. Además, los CDI definen qué tipos de ingresos pueden ser gravados por cada país. Algunos ejemplos de ingresos que pueden ser sujetos de tributación son:

  • Ingresos por salarios: generalmente se tributan en el país donde se realiza el trabajo.
  • Dividendos, intereses y regalías: pueden tributarse en el país de origen, pero con limitaciones en las tasas impositivas.
  • Ganancias de capital: generalmente se tributan en el país donde se encuentran los activos.

Para aquellos ingresos que podrían estar sujetos a ser gravados en ambos países, los CDI establecen métodos para evitarlo, como:

  • Exención: el país de residencia puede eximir esos ingresos de su impuesto, reconociendo que ya se han pagado en el otro país.
  • Crédito fiscal: el país de residencia concede un crédito por los impuestos pagados en el otro país.

CDI entre España y Andorra

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Con el objetivo de abrirse económicamente y homogeneizar los estándares internacionales, Andorra ha implementado una serie de reformas legales y fiscales. En el contexto del CDI entre España y Andorra, los impuestos de Andorra a los que se aplica este convenio son:

  • Impuesto sobre sociedades.
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
  • Impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales.
  • Impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias.

Entrada en vigor del convenio entre España y Andorra

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El convenio fue firmado por ambos países el 8 de enero de 2015 y entró en vigor el 26 de febrero de 2016. Desde ese momento, es posible evitar la doble tributación en los impuestos incluidos en el CDI.

Este convenio ha sido un gran avance para Andorra, ya que eliminó el gravamen de las retenciones en origen que la administración española aplicaba tanto a empresarios como a sociedades andorranas que querían exportar sus servicios a España. Además, ha representado una significativa apertura económica para Andorra.

Además de España, Andorra tiene convenios de doble imposición con otros países como Francia, Luxemburgo, Liechtenstein, Portugal, Emiratos Árabes Unidos, Chipre y Malta. Estos convenios facilitan aún más la actividad económica internacional y la inversión en el principado.

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